Condiciones comerciales Arkema Argentina
1. CONDICIONES GENERALES Los siguientes Términos y Condiciones regularán las compraventas de los productos de Arkema Argentina S.A.U., en adelante, el VENDEDOR, y representan el acuerdo total de las partes, sin excepción. Cualquier otro término y condición diferente a los establecidos en el presente documento será completamente nulo. Se entenderán aceptados por el COMPRADOR los presentes términos y condiciones, por el sólo hecho de proceder con la compraventa que se desee realizar con el VENDEDOR, a excepción de aquellos convenios que se celebren entre las partes, siempre y cuando se trate de acuerdos por escrito, que contengan las firmas de cada una de ellas, de comunicaciones por correo electrónico o fax debidamente confirmadas de recibido y aceptadas.
2. ORDEN DE COMPRA Y REQUISITOS DE ENTREGA. El Comprador informará al VENDEDOR por escrito o en la orden de compra, debiendo en todo caso confirmarse la recepción de la notificación u orden de compra, sobre las instrucciones para cubrir los envíos y entregas previamente acordados por las partes. El VENDEDOR no tendrá la obligación de hacer entrega de los productos hasta en tanto el COMPRADOR no le proporcione la información e instrucciones necesarias para su entrega. El VENDEDOR no estará obligado a entregar el producto en cantidades adicionales o en múltiplos distintos al tamaño mínimo del lote y/o presentación a las expresamente señaladas en el presente documento y en caso de que no se especifique la cantidad del mismo, no se podrá entregar cantidad alguna. Si el COMPRADOR no adquiere la cantidad estipulada o la cantidad mínima establecida para dicha entrega, el VENDEDOR podrá, a su elección, cancelar la diferencia o incluirla en las siguientes entregas. Si este contrato expira o termina sin que el COMPRADOR haya cumplido con su cuota mínima o con la cantidad pactada de compra, el VENDEDOR podrá a su elección, enviarle al COMPRADOR el producto no adquirido dentro del plazo de 30 (treinta) días, y éste se obliga a recibirlo y adquirirlo. El riesgo de los posibles daños o pérdidas que pudiera sufrir el producto por un retraso en la transportación, la entrega o por cualquier otro motivo, será asumido por el COMPRADOR a partir del momento en que el VENDEDOR le entregue el producto al transportista o vehículo que se designe para la entrega (en lo sucesivo denominado como "Entrega"), independientemente de (i) la forma de entrega pactada en el Conocimiento de Embarque, o documento de que se trate (ii) si la propiedad de esos productos ha sido transmitida o no, o (iii) del punto de entrega o de cualquiera de los términos señalados en este documento referentes a la Entrega. Tratándose de operaciones de comercio internacional, se basarán en los INCOTERMS 2010 negociados entre las partes. La fecha de embarque es tentativa: La misma queda sujeta a disponibilidad de bodega cronograma de buques o transportes
3. INDEPENDENCIA DE ENTREGAS. Cada Entrega constituirá un contrato independiente y cualquier incumplimiento relacionado con ésta, no se considerará una violación a los demás contratos o entregas que se realicen con posterioridad. La recepción del producto objeto de la presente oferta por parte del cliente implica la aceptación de la presente oferta.
4. RESPONSABILIDAD DEL VENDEDOR POR INCUMPLIMIENTO. El VENDEDOR no tendrá ninguna responsabilidad por cualquier retraso o falta en la entrega, ya sea de forma total o parcial, si ésta se genera (i) por el cumplimiento de buena fe, a cualquier ley, reglamento u ordenamiento jurídico, nacional o extranjero, que impida la entrega a tiempo, independientemente de que con posterioridad, sea declarado inválido o inaplicable; (ii) por caso fortuito o de fuerza mayor, siempre que éste no pueda ser previsto al momento de la celebración de este Contrato, incluyendo, sin ser limitativos; eventos de la naturaleza, fuego, inundación, accidentes, disturbios, guerra, terrorismo, sabotaje, huelga, problemas laborales, escasez de trabajo, avería o falla en el equipo, o embargo del mismo, etcétera; (iii) Por la imposibilidad del VENDEDOR para obtener la materia prima necesaria para la elaboración de los productos, la falta de fuentes de energía, equipos, mano de obra, transporte, o que estos servicios se encuentren a precios o en condiciones que a juicio del VENDEDOR sean inaceptables. (iv) Por el incremento de los costos para cumplir con las obligaciones tendientes a la protección del medio ambiente, a normas en materia de salud o de seguridad; (v) Por cambios en la legislación que impidan a el VENDEDOR suministrar los bienes adquiridos; o (vi) por cualquier otro evento o suceso que no se encuentre dentro del control del VENDEDOR. Si por cualquier circunstancia se afectara únicamente en parte, la capacidad de operación del VENDEDOR, éste podrá distribuir su producción y entregas entre sus Compradores y sus propios requerimientos, quedando a su entera discreción determinar en qué proporción realizará dicha distribución. Las cantidades que sean afectadas conforme a este párrafo podrán ser eliminadas del contrato sin ninguna responsabilidad, no obstante, por lo que hace al resto del Contrato, este continuará surtiendo sus plenos efectos.
5. CONDICIONES DE PAGO. La factura se emitirá en Moneda Extranjera (pudiendo cancelarse en pesos al tipo de cambio divisa vendedor del Banco de la Nación Argentina del día anterior al efectivo pago), salvo que las partes hayan definido en forma unívoca emitirla en pesos argentinos. En caso de verse el VENDEDOR impedido de poder confeccionar la factura en dólares estadounidenses por las causas que fueren, se facturará en pesos argentinos, tomando como referencia el tipo de cambio del día anterior a la confección de la factura, tipo vendedor Banco de la Nación Argentina. La emisión de la factura en Moneda Extranjera o en Pesos de acuerdo con lo mencionado en el punto 3, facultará a Arkema Argentina S.A.U. a emitir una Nota de Débito / Crédito por la diferencia de cambio que pudiera producirse entre el momento de la facturación y el pago siempre y cuando esta última sea superior a $8000 pesos. En caso de condición PREPAGO con cheques a plazo, aplicará idéntico criterio de la nota. La validez de la oferta queda sujeta a modificaciones de acuerdo a los cambios de disponibilidad que informe Arkema Argentina S.A.U. Los pedidos de compra deberán ser colocados por escrito dentro de la fecha estipulada. Caso contrario no se garantizan las condiciones ofertadas en la presente cotización. El pago deberá estar acreditado en la cuenta del VENDEDOR en la fecha de acreditación establecida, caso contrario no se garantizan las condiciones ofertadas en la presente cotización. La validez de la oferta y la aceptación posterior de vuestro pedido de compra queda sujeta a la cancelación de cualquier deuda vencida e impaga. Las partes acuerdan que la ejecución de este contrato u orden de compra se basará en principios de equidad y de buena fe. Si, durante el término de la operación regida por este contrato, surgiese un cambio sustancial en lo económico, en el costo de importación de la mercadería, o en cuestiones legales o de fuerza mayor, que determinen un quebranto para EL COMPRADOR o para VENDEDOR, por lo que su continuación en los términos establecidos no resultase razonable, las partes deberán reunirse de inmediato para resolver el quebranto de la parte afectada y buscar de buena fe una adaptación del contrato a la nueva situación. La orden de compra del COMPRADOR deberá mencionar la referencia de esta cotización. Esto será condición para la aceptación de la orden de compra. El pago deberá efectuarse sin excepción, dentro de los plazos establecidos en el anverso de la presente factura, en cada una de las comunicaciones por escrito, en las órdenes de compra, o en cualquier otro documento que las partes hayan establecido, al número de cuenta bancaria que El VENDEDOR le señale para dichos efectos. El VENDEDOR se reserva el derecho, entre otras cosas, de cancelar el contrato o suspender las entregas, si el COMPRADOR incumple con el pago en la fecha establecida, cualquiera que sea la causa. En caso de que el pago se realice fuera del plazo establecido en esta cláusula, el COMPRADOR pagará intereses moratorios a razón de la tasa que haya sido previamente negociada entre las partes, hasta su total liquidación. Todos los pagos que realice el COMPRADOR a El VENDEDOR serán hechos mediante transferencia electrónica, pudiendo en su caso, solicitarle el otorgamiento de garantías para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones de pago, si a consideración del VENDEDOR, la situación financiera del COMPRADOR se vuelve insatisfactoria.
6. GARANTÍAS. El VENDEDOR garantiza que: (i) El COMPRADOR obtendrá la propiedad del producto vendido; (ii) A la entrega, dicho producto contendrá las especificaciones del VENDEDOR sobre el uso y manejo del producto; y (iii) La venta o uso de dicho producto no infringirá ningún derecho en materia de propiedad industrial, incluyendo sin ser limitativos, inventos, marcas, patentes, diseños industriales, avisos comerciales, derechos de autor; no obstante el VENDEDOR no garantizará las posibles infracciones que se puedan generar por el uso de dicho producto en combinación con otros productos o aquellos daños que se pudieran generar por su manejo o proceso. (iv) El VENDEDOR garantiza sus productos siempre y cuando los mismos se encuentren dentro de los contenedores de Arkema Argentina S.A.U. y bajo atmósfera inerte de nitrógeno. LAS GARANTÍAS PRECEDENTES SON EXCLUSIVAS Y SUSTITUYEN CUALQUIER OTRA GARANTÍA, EXPRESA O IMPLÍCITA, ORAL O ESCRITA, INCLUYENDO, PERO SIN SER LIMITATIVOS, CUALQUIER GARANTÍA IMPLÍCITA DE COMERCIALIZACIÓN, SALUD O ADECUACIÓN PARA CUALQUIER PROPÓSITO EN PARTICULAR. CUALQUIER INFORMACIÓN O AYUDA QUE EL VENDEDOR PUEDA PROPORCIONAR A EL COMPRADOR ES GRATUITA Y DE NINGUNA MANERA SE CONSIDERARÁ COMO PARTE DE LA VENTA DEL PRODUCTO NI GARANTIZARÁ LOS RESULTADOS QUE OBTENGA POR EL USO DEL MISMO.
7. RESPONSABILIDAD DEL VENDEDOR POR DEFECTOS O FALLAS DEL PRODUCTO Y RECLAMACIONES. Arkema Argentina S.A.U. no asume ninguna responsabilidad sean estas pecuniarias o de cualquier otro tipo, provenientes del uso de este producto. Si cualquier producto presentara alguna falla o defecto dentro de las Garantías a que refiere el punto 6 anterior, el VENDEDOR podrá, a su elección, sustituir el producto dañado, probando el COMPRADOR que el producto no hubiese estado en buen estado, sin ningún costo para el COMPRADOR. Conforme a lo anterior, ésta será la única y exclusiva solución que el VENDEDOR podrá aplicar en caso de fallas o defectos en los productos, y siempre y cuando se encuentren cubiertos por las garantías antes mencionadas. La responsabilidad del VENDEDOR en relación con el presente contrato y los productos adquiridos por el COMPRADOR será por hasta el monto total de compra de dichos productos sin que, en ningún caso, pueda exceder dicha cantidad. El VENDEDOR no será responsable por cualquier accidente, pérdida o daño de cualquier clase, incluido el ambiental, que se llegase a causar como consecuencia del manejo o uso del producto adquirido, ya sea que este se genere durante su proceso de manufacturación o por cualquier otra causa. En ningún caso el VENDEDOR será responsable directo, indirecto o circunstancial de los daños y perjuicios que se pudiesen generar, de manera enunciativa más no limitativa, por la pérdida de ganancias, capital u oportunidades de negocio, o reclamaciones de los Compradores o empleados del COMPRADOR. En caso de que el COMPRADOR no dé aviso al VENDEDOR sobre cualquier reclamación o inconformidad que tenga en relación con el producto, dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la entrega del mismo, implicará la renuncia del derecho del COMPRADOR para hacerlo con posterioridad. No obstante, cualquier excepción o disposición que limite o sea contraria a los términos y condiciones aquí establecidas, así como cualquier acción que el COMPRADOR pretenda ejercer en contra de los mismos, deberá hacerse valer a más tardar dentro del año siguiente a aquel en que ocurra el hecho en el cual base su reclamo. Las acciones antes referidas se aplicarán independientemente de si la reclamación del COMPRADOR atiende al incumplimiento del contrato, de la garantía, a la negligencia o responsabilidad del VENDEDOR o cualquier a otra causa.
8. INDEPENDENCIA DE LAS PARTES. Toda vez que las partes son entidades comerciales independientes, cada una de ellas reporta y solventa sus propios problemas fiscales, administrativos, laborales o de cualquier otra índole, sin que exista ningún vínculo o relación laboral entre el VENDEDOR y el COMPRADOR y/o su personal, por lo tanto El COMPRADOR indemnizará y mantendrá en paz y a salvo al VENDEDOR de cualquier responsabilidad o gasto (incluyendo sin ser limitativos, honorarios razonables de abogados, gastos y costas, etc.) derivado de juicios, demandas, reclamaciones por daños o perjuicios, etcétera, en lo sucesivo las Reclamaciones, en que el VENDEDOR pueda incurrir o sea requerido de pago por un tercero, incluyendo entre otras, aquellas presentadas por los empleados del COMPRADOR, o por cualquier acto, omisión o negligencia del COMPRADOR. Si el COMPRADOR revende los productos adquiridos, el COMPRADOR usará sus mejores esfuerzos comerciales para obtener de su COMPRADOR una protección e indemnización similar a la establecida en este párrafo, que beneficie tanto al COMPRADOR como al VENDEDOR, y en caso de que no sea obtenida, el COMPRADOR se hará responsable de cualquier reclamación al respecto, dejando en paz y a salvo a el VENDEDOR de dichas reclamaciones.
9. OBLIGACIONES FISCALES. El COMPRADOR deberá cubrir y pagar los impuestos, retenciones u otros cargos establecidos por cualquier autoridad local o federal, que se deriven de la venta de los productos, a excepción de aquellos que se deriven de la ganancia del VENDEDOR (en lo sucesivo denominados como “Impuestos”). El COMPRADOR indemnizará y mantendrá en paz y a salvo al VENDEDOR de cualquier reclamo derivado del pago de los “Impuestos”. Arkema Argentina S.A.U. es agente de percepción de ingresos brutos de la Prov. De Bs. As., Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Salta y Misiones. Por lo tanto, la factura incluirá percepciones por tales conceptos calculadas según la alícuota establecida en el padrón mensual de contribuyentes. Aquellas Empresas que hayan obtenido certificados de exclusión en regímenes de percepción en tales jurisdicciones, por favor presentar la documentación correspondiente antes de la emisión de la factura.
10. PESOS Y MEDIDAS. Los pesos y medidas del VENDEDOR prevalecerán, salvo que se demuestre fehacientemente que estos son inexactos o erróneos por el COMPRADOR.
11. RESPONSABILIDAD DEL COMPRADOR A LA ENTREGA DEL PRODUCTO. Después de la Entrega, el COMPRADOR asumirá la completa responsabilidad en cuanto al cumplimiento de las leyes, normas y reglamentos, locales o federales, que resulten aplicables a los productos materia del presente documento, incluyendo, sin ser limitativos, aquellos relativos a la carga, descarga, almacenaje, manejo, uso y/o disposición de los mismos, y daño ambiental.
12. ENVASES RETORNABLES. Si el producto es suministrado en un contenedor retornable propiedad del VENDEDOR, dicho empaque será prestado al COMPRADOR y éste tendrá la obligación de devolvérselo al VENDEDOR. El COMPRADOR deberá devolver al VENDEDOR dentro del plazo convenido entre las partes, el contenedor retornable en buen estado, acordando como punto de entrega el establecido por las partes. Cuando el contenedor retornable sea cargado en la factura respectiva, el COMPRADOR pagará el monto del depósito establecido en dicha factura, y el VENDEDOR le devolverá dicho depósito una vez que el contenedor retornable le sea devuelto en buenas condiciones. En caso de pérdida, daño del contendor o por que sea devuelto fuera de tiempo, el COMPRADOR deberá cubrir su valor. El contenedor retornable, no contempla los carros tanque. El COMPRADOR deberá pagar al VENDEDOR en caso de mora en la entrega de los carros tanque que el VENDEDOR le haya proporcionado (a) el monto establecido conforme a las políticas del VENDEDOR aplicables a los carros y/o auto tanques y que le serán proporcionadas al COMPRADOR o (b) si no son proporcionadas dichas políticas, conforme a la tarifa vigente aplicable por la línea de transporte de que se trate en el momento del retraso, más 10% de gastos administrativos; por cada carro tanque (dependiendo del tamaño, condición o tipo), cantidad que se pagará por cada día que incurra en mora, contado a partir del octavo día siguiente a la fecha en que fue realizada la entrega de los productos al COMPRADOR en los carros tanque.
13. ENVASES NO RETORNABLES/DESECHABLES Si el producto es entregado en un contenedor desechable o no retornable, tanto el sobrante del producto como el contenedor en sí mismo deberán ser transportados y dispuestos por el COMPRADOR en condiciones exigibles de seguridad ambiental en un todo de conformidad con la legislación nacional y local aplicable incluyendo, sin limitación, la Ley 24.051, sus modificaciones vigentes de tiempo en tiempo y sus reglamentaciones. El COMPRADOR deberá desarrollar las tareas de disposición del sobrante del producto y/o de el/los contenedor/es con la intervención de empresas debidamente registradas en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos. La disposición final de los embalajes es y será en todo momento responsabilidad de la empresa usuaria del producto. No obstante, ello, el VENDEDOR recomienda consultar la hoja de seguridad (FDS) para cada producto y cumplir con las especificaciones allí contenidas, así como con cualesquiera sugerencias adicionales realizadas por el VENDEDOR y/o por la/s empresa/s interviniente/s en la disposición del sobrante de producto, del embalaje o de el/los contenedor/es. El COMPRADOR se obliga a mantener indemnes al VENDEDOR, sus funcionarios, agentes y empleados, así como cualesquiera empresas relacionadas con el VENDEDOR frente a cualquier reclamo, acción o demanda derivado-directa o indirectamente del incumplimiento total o parcial por parte del COMPRADOR a sus obligaciones de este apartado
13. En todos los casos el VENDEDOR conservará su derecho de defenderse y/o hacerse representar en el proceso en cuestión y/o pagar los importes reclamados con los accesorios que correspondan por cuenta y orden del COMPRADOR, quien deberá reintegrar cualesquiera tales importes cuyo pago sea acreditado por el VENDEDOR. La presente indemnidad alcanzará todo y cualquier reclamo pasado, presente y/o futuro, del personal dependiente contratado y/o subcontratado del COMPRADOR y/o terceros y cualquiera sea la naturaleza del reclamo.
14. RENUNCIA DE DERECHOS. La renuncia del VENDEDOR de cualquier derecho u obligación establecido en el presente documento no será interpretado como renuncia hacia cualquier otro derecho u obligación establecido en el presente Contrato.
15. JURISDICCIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Nacionales de Argentina, con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero que por cualquier causa pudiere corresponderles. Las partes renuncian a la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
16. ACUERDO TOTAL. Los términos del presente acuerdo se tendrán por válidos y serán prioritarios por sobre cualquier otra condición en contrario que contenga vuestro pedido u orden de compra que como consecuencia de la presente oferta emita EL COMPRADOR. La presente oferta será considerada como el primer documento en orden de jerarquía a considerar para dirimir cualquier conflicto entre las partes. El presente (incluyendo todo acto derivado del mismo) constituye un acuerdo definitivo entre el VENDEDOR y el COMPRADOR que reemplaza cualquier propuesta o acuerdo anterior relacionado con la compraventa materia del presente documento. El COMPRADOR no podrá ceder los derechos y obligaciones establecidas en el presente documento sin el previo consentimiento por escrito del VENDEDOR. Los términos y condiciones establecidas en el presente documento no podrán ser modificados sino mediante acuerdo por escrito firmado por las partes. Si cualquiera de las disposiciones establecidas en el presente documento es declarada como inválida, ilegal o inaplicable, no afectará las demás disposiciones, las cuales continuarán en plena fuerza y vigor y deberán interpretarse como si la disposición, párrafo o inciso inválidos no hubieren sido insertados. La presente cotización y la aceptación posterior de vuestro pedido u orden de compra como así también el plazo de entrega ofertado quedan sujetos a la aprobación de declaraciones efectuadas a través del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) o de cualquier otra aprobación de importación por parte de otros organismos públicos. Cualquier demora o cancelación de oferta por este motivo no otorgará derecho alguno al cliente. Todas las compraventas de los productos materia del presente Contrato están condicionadas a la aceptación del COMPRADOR de estos Términos y Condiciones, en caso de que el COMPRADOR no esté de acuerdo con ellas, no se realizará ningún tipo operación comercial entre las partes. El envío de la orden de compra y la recepción de la factura que ampara el presente documento implica el conocimiento y aceptación con los presentes Términos y Condiciones, por lo que en caso de que el COMPRADOR argumente ignorar su contenido, no implicará un impedimento para la aplicación de los mismos. El VENDEDOR se opone y rechaza cualquier término o condición propuesta por el COMPRADOR que sea adicional o diferente a los establecidos en los presentes Términos y Condiciones y que no estén acordadas por ambas partes y por escrito. Las partes manifiestan bajo protesta de decir verdad, que en el presente contrato no ha habido error, dolo, violencia, lesión o mala fe, por lo que ambas partes están de acuerdo en darle el pleno valor y fuerza legales.
17. CONFIDENCIALIDAD. Las partes (ARKEMA ARGENTINA S.A.U. y El cliente) se comprometen a no revelar la información vertida en esta cotización a terceros que no estén involucrados en el proceso de contratación y ejecución de la misma. La parte que incumpliera con la presente clausula será pasible de reclamos. La obligación de confidencialidad permanecerá vigente para ambas partes durante un plazo de tres (3) años desde la extinción de la relación contractual por cualquier causa.
18. LA ACEPTACIÓN DE LA PRESENTE COTIZACIÓN IMPLICA LA ACEPTACIÓN DE:
Código de Conducta y Ética Empresarial de Arkema detallados en el siguiente link:
Código de Conducta para Proveedores detallados en el siguiente link:
Política de Calidad, de Salud y Seguridad Organizacional, y de Medio Ambiente detallados en el siguiente link:
Arkema Argentina SAU Versión 11.2023